CAPÍTULO IX
CAPÍTULO IX |
ARTÍCULO 101.- Estas Ordenanzas no dan a ninguno de los partícipes de la Comunidad derecho alguno que no tengan concedido por las Leyes, ni les quitan los que con arreglo a las mismas les corresponden. |
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ARTÍCULO 101.- Estas Ordenanzas no dan a ninguno de los partícipes de la Comunidad derecho alguno que no tengan concedido por las Leyes, ni les quitan los que con arreglo a las mismas les corresponden. |